¿Qué pasa si dentro del plazo de 8 días que tiene el comprador para reclamar, la Factura Electrónica es aceptada, y dentro del mismo período de los 8 días se emite una Nota de Crédito Electrónica de Anulación?

Tema: Factura Electrónica · Ley N° 19.983 modificada por Ley N°20.956, plazo para reclamar una Factura

En caso que se emita una Nota de Crédito Electrónica de Anulación, que referencia una Factura Electrónica dentro del plazo o fuera del plazo de reclamación que posee el comprador, dicha Factura Electrónica no estará apta para ceder posterior a la emisión de la Nota de Crédito, por lo que será rechazada por el Registro Público Electrónico de Transferencia de Créditos.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 19/05/2025. Fuente: sii.cl.

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