Una vez que todos estemos obligados a emitir documentos tributarios electrónicos ¿Cómo sabré si un documento tradicional recibido es válido?

Tema: Factura Electrónica · Ley N° 20.727, obligatoriedad de Factura Electrónica

Los contribuyentes que estando obligados por ley, se encuentren exceptuados por resolución del SII de la obligación de emitir documentos tributarios en formato electrónico, podrán utilizar documentos en formato papel, los que deben estar vigentes y timbrados por el SII. No obstante, deberán estampar, en un lugar visible de la copia cliente, el número y fecha de la resolución del SII que los exceptúa a dicha obligación.

Esta información se podrá efectuar mediante impresión a través de medios computacionales, aposición de un timbre de goma o mediante cualquier otro medio manual o mecánico.

Asimismo, el SII publicará en su sitio web (www.sii.cl) la nómina de contribuyentes exceptuados o prorrogados de la obligación de emitir documentos tributarios en formato electrónico, pudiendo verificar dicha información.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 30/05/2025. Fuente: sii.cl.

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