¿Una vez obtenida la Posesión Efectiva es necesario efectuar algún trámite ante el SII para disponer de un bien inmueble?
Tema: Herencias y Donaciones · Herencias > Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones > Antecedentes generales > Posesiones efectivas
Sí, una vez obtenida la Posesión Efectiva en el Servicio de Registro Civil e Identificación y, para disponer de un bien inmueble es necesario solicitar el Certificado de Pago o Exención del Impuesto a las Herencias.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 24/06/2025. Fuente: sii.cl.