¿Una vez obtenida la Posesión Efectiva es necesario efectuar algún trámite ante el SII para disponer de un bien inmueble?

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Sí, una vez obtenida la Posesión Efectiva en el Servicio de Registro Civil e Identificación y, para disponer de un bien inmueble es necesario solicitar el Certificado de Pago o Exención del Impuesto a las Herencias.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 24/06/2025. Fuente: sii.cl.

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