¿Cómo debe tributar un pequeño contribuyente?
Tema: Impuestos Mensuales · Regimenes especiales del IVA > Tributación Simplificada > Quienes se pueden acoger a la tributación simplificada del IVA
Los pequeños contribuyentes deben tributar, de acuerdo con las siguientes materias:
1.- Para los efectos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, deben entenderse como pequeños contribuyentes a los siguientes grupos:
- pequeños mineros artesanales;
- pequeños comerciantes que desarrollan actividades en la vía pública;
- suplementeros;
- propietarios de un taller artesanal u obrero; y,
- pescadores artesanales.
Este tipo de contribuyentes están afectos a un Impuesto Único, sustitutivo de todos los impuestos de la Ley de la Renta, que es retenido por las empresas mineras, las municipalidades y las empresas periodísticas, con lo cual los pequeños mineros, comerciantes y suplementeros dan por cumplida su obligación tributaria anual.
Los artesanos (taller y pescadores) deben cumplir y enterar el Impuesto Único presentando la correspondiente Declaración de Impuesto a la Renta durante abril de cada año, de acuerdo con los montos definidos para cada uno de ellos.
2.- Para los efectos de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, los contribuyentes se inician sin ser clasificados previamente, por lo que luego de 12 meses de operaciones, pueden adquirir una determinada clasificación. Esto permite que se acojan a un régimen de tributación simplificada de IVA destinado a pequeños contribuyentes, siempre y cuando se cumplan con los siguientes requisitos:
- Ser Personas Naturales;
- vender bienes o prestar directamente servicios al público consumidor; y,
- que el monto promedio de las ventas o servicios mensuales totales afectos (excluido el impuesto) y exentos (con una antelación de doce meses a la fecha en que se efectúe la declaración para acogerse al régimen simplificado) no sea superior a 20 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) como promedio de ese mismo período.
Adicionalmente, pueden adquirir la calidad de pequeños contribuyentes desde el inicio, previa autorización del Director Regional correspondiente a su domicilio comercial.
Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Legislación tributaria y convenios internacionales, Legislación tributaria básica.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 05/05/2026. Fuente: sii.cl.