¿Cómo tributa una empresa que tiene una actividad exenta de Impuesto al Valor Agregado (IVA) y otra gravada con ese impuesto?
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En tal caso, lo especial de la tributación de ese tipo de contribuyente que registra una actividad exenta de IVA y otra afecta, es que para una mejor determinación y declaración de los impuestos mensuales y anuales que le afectan, es recomendable llevar cuentas o contabilidad separada.
Otro aspecto especial, consiste en que si tiene adquisiciones que se destinan simultáneamente a generar operaciones afectas y exentas o a hechos no gravados, debe aplicar un Crédito Fiscal proporcional, en atención a lo dispuesto en el artículo 23° N°3 de la LIVS, concordado con el artículo 43° del Reglamento de la Ley Sobre Impuestos a las Ventas y Servicios.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 10/06/2025. Fuente: sii.cl.