¿Quiénes deben presentar el Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo?

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Deben presentar el Formulario 29, con carácter de obligatoriedad, todos aquellos contribuyentes afectos a la Ley de Impuestos a las Ventas y Servicios que estén en presencia del inicio real y efectivo de una actividad económica, lo que se manifiesta, entre otras formas, por haber realizado las siguientes acciones:

  • Inicio de Actividades en la primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
  • Con el inicio material de las operaciones, o sea, cuando se efectúe cualquier acto u operación que constituya elemento necesario para la determinación de los impuestos periódicos que afecten a la actividad que se desarrollará, o que generen los referidos impuestos.

También deberán declarar el Formulario 29:

  • Las personas indicadas, aún cuando no realicen operaciones gravadas en uno o más períodos tributarios.
  • Todos los contribuyentes que declaren retenciones de impuesto y Pagos Provisionales (con excepción de los PPM voluntarios que se declaran en el Formulario 50 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo), correspondientes al artículo 74 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Impuestos mensuales. Además jurisprudencias comprendidas en Oficio 453 de 11.03.2013 y Oficio N° 1701 de 24.09.2010.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 05/06/2025. Fuente: sii.cl.

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