¿En la Declaración Jurada 1835 se deben informar los contratos de arriendo que se firmaron en años anteriores?

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En la Declaración Jurada 1835 sobre bienes raíces arrendados, se deben informar los bienes raíces tomados o entregados en arrendamiento por el monto del arriendo en pesos pagado o devengado durante el año comercial anterior completo, independiente de la fecha en que se haya celebrado el contrato de arriendo respectivo.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 23/03/2026. Fuente: sii.cl.

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