¿Un corredor de propiedades, debe presentar la Declaración Jurada 1835 cuando el arrendatario no es contribuyente de la Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta?
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Sí, un corredor de propiedades debe presentar la Declaración Jurada 1835 cuando el arrendatario no es contribuyente de la Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, puesto que debe informar todos los inmuebles arrendados por su intermedio, si es que su participación ha comprendido la administración del respectivo contrato de arrendamiento.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 23/03/2026. Fuente: sii.cl.