¿Cuáles son los parientes colaterales de tercero, cuarto, quinto o sexto grado para efectos del Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones?
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Los parientes colaterales de tercero, cuarto, quinto o sexto grado, para efectos del Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones son:
- Tíos del causante (persona fallecida): colaterales de tercer grado serán los medios hermanos del padre o madre del causante.
- Primos del causante: colaterales de cuarto grado serán los hijos de medios hermanos del padre o madre del causante.
- Hijos de primos del causante: colaterales de quinto grado serán los nietos de los medios hermanos de padre o madre del causante.
- Nietos de los primos del causante: colaterales de sexto grado serán los bisnietos de los medios hermanos del padre o madre del causante
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 25/06/2025. Fuente: sii.cl.