¿El arrendamiento de un vehículo constituye una actividad gravada con Impuesto al Valor Agregado (IVA)?
Tema: Impuestos Mensuales · Impuesto al Valor Agregado > Debito Fiscal
Sí, el arrendamiento de un vehículo, independiente del destino o uso que tenga, es una actividad gravada con IVA, según lo dispuesto en el artículo 8º, letra g), de la Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 11/06/2025. Fuente: sii.cl.