¿El flete dentro del territorio nacional, prestado por una compañía naviera, para llegar con el producto a puerto chileno, está afecto o exento del Impuesto al Valor Agregado (IVA)?
Tema: Impuestos Mensuales · Impuesto al Valor Agregado > Debito Fiscal
El flete en territorio chileno está exento de IVA, según lo dispuesto en el artículo 12° de la LIVS, cuando éste sea necesario para trasladar las mercancías hasta el puerto o aeropuerto de destino, y siempre que la internación o nacionalización de las mercancías se produzca en dicho puerto o aeropuerto.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 24/06/2025. Fuente: sii.cl.