¿La actividad económica de compra-venta de chatarra está exenta del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA)?

Tema: Impuestos Mensuales · Impuesto al Valor Agregado > Debito Fiscal

No, la actividad económica de compra-venta de chatarra no está exenta del pago del IVA, puesto que no existe una disposición legal que libere a esta actividad de dicho impuesto.

Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio Web del SII, contenido Cambios de Sujeto del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 11/06/2025. Fuente: sii.cl.

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