¿La venta o arrendamiento de software está gravada con el Impuesto al Valor Agregado (IVA)?

Tema: Impuestos Mensuales · Impuesto al Valor Agregado > Debito Fiscal

Sí, las operaciones de venta y arrendamiento de software se asimilan a los contratos de licenciamiento y sublicenciamiento de programas computacionales o softwares y se encuentran gravados con IVA, según lo dispuesto en el artículo 8°, letra h), de la LIVS.

Puede obtener más información relativa al tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencia administrativa, Oficio N°4.253 de 2005.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 13/06/2025. Fuente: sii.cl.

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