¿Las actividades postales nacionales están afectas al Impuesto al Valor Agregado (IVA)?

Tema: Impuestos Mensuales · Impuesto al Valor Agregado > Debito Fiscal

Sí, ya que la actividad postal es equivalente al servicio de transporte de sobres y encomiendas, por lo que debe ser gravada con IVA, según lo dispuesto en el artículo 2° de la LIVS, en cuanto al concepto de servicios, salvo que se trate de la Empresa de Correos de Chile, según lo establecido en el artículo 13° N°6, letra e), de la normativa legal antes señalada.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 13/06/2025. Fuente: sii.cl.

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