¿Las ventas efectuadas y los servicios prestados por personas domiciliadas o residentes en Isla de Pascua se eximen del Impuesto al Valor Agregado (IVA)?

Tema: Impuestos Mensuales · Impuesto al Valor Agregado > Debito Fiscal

Sí, las ventas efectuadas y los servicios prestados por personas domiciliadas o residentes en Isla de Pascua se eximen del Impuesto al Valor Agregado (IVA), según lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto Ley N° 1244, publicado en el Diario Oficial el 8 de noviembre de 1975.

Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Normativa y legislación, opción Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencia administrativa, Oficio N° 1217 de 1996. Además puede consultar el menú Administrador de contenido normativos, opción Franquicias Tributarias, Ley 16.441.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 12/06/2025. Fuente: sii.cl.

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