¿Los artículos comprados por Internet y provenientes del extranjero pagan el Impuesto al Valor Agregado (IVA)?

Tema: Impuestos Mensuales · Impuesto al Valor Agregado > Debito Fiscal

Sí, los artículos comprados por Internet provenientes del extranjero deben pagar el IVA al momento de ser importados o internados al país, según lo dispuesto en el artículo 8°, letra a), de la LIVS, y sin perjucio de los aranceles aduaneros que le afecten. Este pago será efectivo en la medida que el producto importado o internado no esté beneficiado por una exención tributaria contemplada en la normativa legal vigente.

Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación. Adicionalmente, esta materia puede ser consultada en el Oficio N° 2664 de 2002, y en el Oficio N° 335 de 2004.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 23/06/2025. Fuente: sii.cl.

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