¿Los contribuyentes que emiten factura por servicio afecto con Impuesto al Valor Agregado (IVA), al cobrar una remuneración pactada y que no ha sido pagada por el cliente, debe declarar necesariamente el IVA recargado en dicha prestación?
Tema: Impuestos Mensuales · Impuesto al Valor Agregado > Debito Fiscal
Sí, los contribuyentes que emiten facturas por servicio afecto con IVA en el cobro de una remuneración pactada y que no ha sido pagada por el cliente, deben, necesariamente, declarar y pagar el IVA recargado en esa prestación, pues no se admite la emisión de una Nota de Crédito que deje sin efecto la facturación impaga.
Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencia administrativa, Oficio N° 2367 de 2002.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 12/06/2025. Fuente: sii.cl.