¿Qué tributación afecta a las prestaciones de servicios bajo la modalidad de subcontratación de servicios (outsourcing)?

Tema: Impuestos Mensuales · Impuesto al Valor Agregado > Debito Fiscal

En términos generales, la tributación que afecta a las prestaciones de servicios bajo la modalidad de subcontratación de servicios (outsourcing), conforme, principalmente, con los artículos 2° y 8° de la LIVS es la siguiente

  • Si el suministro es de mano de obra, se trata de un servicio gravado con IVA.
  • Si están relacionadas con prestaciones de asesorías, a partir del 1 de enero de 2023 están gravadas con IVA, a menos que sea aplicable alguna de las exenciones establecidas en los artículos 12° y 13° de la LIVS o en algún otro cuerpo legal.

Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencia administrativa, Oficio N° 3028 de 2002.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 24/06/2025. Fuente: sii.cl.

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