¿Se debe aplicar la proporcionalidad del IVA cuando existen Facturas de Exportación?

Tema: Impuestos Mensuales · Impuesto al Valor Agregado > Debito Fiscal

No, pues las exportaciones si bien son operaciones exentas, la Ley les otorga el derecho a recuperar los créditos fiscales asociados a dichas operaciones, conforme lo establecido en el artículo 36° de la LIVS, por lo cual no deben aplicarse en el cálculo de la proporcionalidad prevista en el artículo 23° N° 3 de la Ley citada, concordado con el artículo 43° del Reglamento de la LIVS.

En la situación excepcional en que el contribuyente tenga simultáneamente ventas internas afectas, exentas y exportaciones, debe considerarse lo instruido en el Oficio 427 de 1995, en el orden de que para los fines del cálculo de la proporcionalidad referida, las exportaciones deben sumarse a las ventas afectas.

Más información puede ser consultada en el sitio web del SII, menú Administrador de Contenido Normativo, opción LIVS.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 24/06/2025. Fuente: sii.cl.

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