¿Se mantiene la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las ventas de frutas, hortalizas y verduras, en estado fresco y natural?
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No, la exención que se contemplaba en el artículo 13°, letra a, N° 2, de la LIVS y sobre la cual instruía la Circular N° 92, de 1975, fue derogada por el N° 4, del artículo 1° del Decreto Ley 2.312, publicado en el Diario Oficial el 25 de agosto de 1978.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 24/06/2025. Fuente: sii.cl.