¿Si un particular contrata a una empresa para que construya su casa, ésta última debe facturar aplicando el crédito especial del 65%?

Tema: Impuestos Mensuales · Impuesto al Valor Agregado > Debito Fiscal

Sí, se debe aplicar el 65% de rebaja en la venta o construcción de inmuebles destinados a la habitación, que hace una empresa constructora, según lo dispuesto en el artículo 21° del Decreto Ley 910, de 1975.

Se hace presente que el **crédito especial empresas costructoras (CEEC) fue eliminado por la Ley N°21.420,**publicada en el Diario Oficial el 4 de febrero de 2022, con vigencia a partir **del 1 de enero de 2027**. Por otra parte, los artículos quinto, sexto y sexto bis transitorios de la misma Ley, modificados y/o agregado por la Leyes N°21.462 y N°21.558, publicadas en el Diario Oficial de 26 de julio de 2022 y 25 de abril 2023, respectivamente, **contemplan un régimen de transición hasta la completa eliminación** del CEEC.

Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 13/06/2025. Fuente: sii.cl.

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