¿Un negocio de artículos nuevos, que vende ocasionalmente uno de segunda mano, está exento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por esta operación?
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No, un negocio que vende artículos nuevos y que, ocasionalmente, lo hace con uno de segunda mano no está exento de pagar el IVA, pues el hecho gravado con este tributo afecta a la venta realizada por una persona que se dedica en forma habitual a su comercio, independiente de que se trate de artículos nuevos o usados. La única salvedad serán los vehículos motorizados usados, pues están eximidos de esta obligación tributaria, según lo dispuesto en el artículo 12° de la LIVS.
Respuesta oficial del Servicio de Impuestos Internos, actualizada el 10/06/2025. Fuente: sii.cl.